SAT publica contribuyente con CFDI falsos conforme al artículo 49 Bis del CFF
En pocas palabras
El SAT publicó que la ASOCIACION DE TRABAJADORES A LA VANGUARDIA, A.C. (RFC ATV200218AN3) no desvirtuó la presunción de falsedad de sus CFDI emitidos, por lo que estos se consideran falsos con efectos generales y sin efecto fiscal. Los terceros que recibieron CFDI de este contribuyente deben presentar una declaración complementaria dentro de 30 días naturales a partir de esta publicación para revertir el efecto fiscal dado a dichos comprobantes; de no hacerlo, el SAT podrá restringir temporalmente su certificado de sello digital conforme al artículo 17-H Bis, fracción XIV del CFF.
Hay algo que hacer. Esta publicación pide a quienes están obligados un registro, un trámite o un ajuste dentro de un plazo. Confirma los detalles en el texto original.
Título oficial
Oficio 500-05-00-00-00-2026-30720 mediante el cual se comunica el nombre y la clave en el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere la fracción X del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.