Decreto exenta temporalmente arancel a partes para ensamble automotriz (fracción 9803.00.01)
En pocas palabras
Se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) para exentar temporalmente del arancel ad valorem del 10% a las mercancías clasificadas en la fracción 9803.00.01, relativa a partes y componentes para ensamble de automóviles por empresas de la industria automotriz terminal con autorización de depósito fiscal, conforme a lineamientos de la Secretaría de Economía (SE). La medida busca atraer líneas de producción tipo SKD/CKD y fortalecer la competitividad de México como destino de inversión automotriz.
Título oficial
Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.