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ActúaDiario Oficial de la Federación · miércoles 9 de septiembre de 2026

Resolución preliminar antidumping sobre vidrio flotado de color chino

En pocas palabras

La Secretaría de Economía emitió resolución preliminar en el expediente AD_11-25 sobre importaciones de vidrio flotado de color (fracción TIGIE 7005.21.03, NICO 01, 02 y 99) originarias de China, independientemente del país de procedencia. El periodo investigado es enero-diciembre 2024 y el de análisis de daño 2022-2024. Adicionalmente, desde el 29 de diciembre de 2025 dichas fracciones están sujetas a un arancel de 35% a partir del 1 de enero de 2026. Empresas importadoras de este producto deben revisar su exposición arancelaria y participar en el procedimiento si es relevante para su cadena de suministro.

Hay algo que hacer. Esta publicación pide a quienes están obligados un registro, un trámite o un ajuste dentro de un plazo. Confirma los detalles en el texto original.

Título oficial

Resolución preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de vidrio flotado de color originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

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